miércoles, 27 de agosto de 2008

Salida de Emergencia

Todo aquel que haya estado o visitado nuestra piscina municipal en los últimos días y sea un poco observador, se habrá dado cuenta de que se han colocados dos carteles de “ Salida de Emergencia ”, y seguro que hay quien piensa, que, por fin se han puesto, que la piscina siendo un sitio público, por normativa debe de estar dotada de este tipo de salidas.

















Sin embargo, también hay quien piensa, entre las que me incluyo, que lo que se ha hecho es una aplicación desastrosa de la normativa sobre “Vías y salidas de evacuación en lugares públicos”, porque si bien, se ha cumplido esta normativa en la parte referente a la señalización , se ha obviado la parte práctica de la misma que dice: “Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el exterior y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de urgencia pueda abrirlas fácil e inmediatamente.”

Por si existe alguien que todavía no se halla dado cuenta del detalle, en las fotos se ve claramente que ambas puertas están condenadas, una con una cerradura y otra con un candado.


















Como sé que alguien pensará de mi (Ea, ya está aquí la lista de turno), mi articulo lo he argumentado con la normativa especifica del tema, aunque el mejor argumento que se puede utilizar es el del “sentido común”, que como dijo alguien, “es el menor común de los sentidos”.

C. Domínguez