sábado, 17 de junio de 2006

Subvenciones de Consejería de Cultura

.Orden de 15 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para actividades de fomento y promoción cultural en el año 2006
Actividades subvencionables de fomento y promoción cultural:

1. Son actividades de fomento y promoción cultural, todas aquellas que se refieran al fomento, difusión y formación en materia de teatro, música, danza, el audiovisual y los festivales cinematográficos.
2. En todo caso, para poder acceder a las subvenciones reguladas en esta Orden, las actividades de interés cultural deberán iniciarse o haberse iniciado en el año 2006.

Beneficiarios:
Las asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas y personas físicas siempre que carezcan de ánimo de lucro y que hayan realizado o estén en condiciones de realizar una actividad de interés cultural en Andalucía.
En el caso de fundaciones, asociaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, será requisito imprescindible para alcanzar la cualidad de beneficiario que tengan su sede en Andalucía y que estén inscritas en el Registro autonómico o nacional correspondiente con una antigüedad mínima de 2 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud.

Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el día 3 de junio hasta el 2 de julio de 2006.

.Orden de 17 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de concesión de subvenciones en el año 2006 para actividades de cooperación cultural.

Actividades subvencionables:
a) La promoción y fomento de la cultura en manifestaciones y expresiones tales como patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, etnológico, bibliográfico y
documental.
b) Archivos, museos y bibliotecas y centros de documentación.
c) Investigación, fomento y divulgación de las artes plásticas, del teatro, la música, la danza, el folklore, el flamenco y la cinematografía y las artes audiovisuales; apoyo y fomento de la lectura.
d) Propiedad intelectual; fundaciones y asociaciones de carácter cultural y artístico, excepto en materia de régimen jurídico y registro de fundaciones.
e) Promoción y coordinación del voluntariado cultural en Andalucía.


Beneficiarios:
Las entidades privadas sin ánimo de lucro y fundaciones, que hayan realizado o estén en condiciones de realizar una actividad de interés cultural

Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el día 3 de junio hasta el 2 de julio de 2006.


Todos los interesados en obtener más información sobre los requisitos, condiciones, valoración de los proyectos, etc de estas ayudas de la Consejería de Cultura podrán encontrarla en el BOJA 105, de 2 de junio de 2006, o bien pueden dirigirse a Ayuntamiento de Zalamea la Real (Agente de Desarrollo Local) o a la UTEDLT-Nerva.
Mario Martín