El servicio jurídico opina que la Junta se "extralimita" al exigir el escrito de no oposición de la Comisión Liquidadora · Una sola firma bloquea el proyecto.
La transmisión de los derechos mineros a Emed Mining es la última línea marcada por la Dirección General de Minas de la Junta para aceptar la reapertura de la actividad en la explotación de la Cuenca Minera. La exigencia del Gobierno andaluz incluye la firma de la mayoría de la Comisión Liquidadora, cuatro de seis miembros, de una carta de no oposición al traspaso de esos derechos. La imposibilidad de cumplir este requisito autonómico ante la negativa a firmar de Tomás López, Fernando Borque y Carlos Estévez ha llevado a la multinacional minera a solicitar un informe jurídico al Gabinete Garrigues Abogados y Asesores Tributarios, una institución privada a la que recurre el Gobierno andaluz para solventar litigios.
La conclusión a la que llega el Gabinete Garrigues es que la Junta "se extralimita" y que "no existe razonamiento jurídico alguno que sustente la negativa de la Administración pública a reconocer la existencia de un título jurídico suficiente, escritura pública inscrita en el Registro de la Propiedad, que atribuye a Emed la titularidad de los derechos mineros integrados en la citada finca 843, en la medida en que está negando la validez jurídica de las transmisiones efectuadas".
El informe redactado por Garrigues considera que "la exigencia del consentimiento de la Comisión liquidadora de MRT en los términos indicados por la Junta de Andalucía constituye la imposición de un requisito adicional a los previstos en la normativa de aplicación y cuya exigencia no resulta ajustada a derecho. Y ello no solo por no estar exigido en la normativa sectorial aplicable, sino porque las transmisiones que se han realizado respecto a los derechos de aprovechamiento de los recursos mineros de Minas de Río Tinto, primero a favor de Mantesur y luego a favor de Emed, se han realizado en virtud de negocios jurídicos válidos que cumplen los presupuestos necesarios para ello, contando ambas operaciones con el correspondiente consentimiento de las sociedades transmitentes".
El texto del informe no puede ser más claro: "Los referidos negocios jurídico-privados de transmisión son conformes a Derecho, tal y como se desprende de las escrituras públicas de compraventa y de aportación de capital, así como de las inscripciones practicadas en el Folio 57, Libro 63, del Registro de la Propiedad de Valverde del Camino. Por medio de dichas transmisiones, todos y cada uno de los derechos sobre los yacimientos minerales de Cerro Colorado, Corta Atalaya y Cloritas Alfredo, así como el subsuelo y el derecho a la explotación de los recursos mineros existentes dentro del perímetro del término municipal de Minas de Riotinto han sido válidamente transmitidos a Emed".
La consecuencia del trabajo realizado por Garrigues Abogados es que "en el procedimiento administrativo para la autorización de la transmisión de los derechos de aprovechamiento de las minas de Riotinto, la Administración debe limitarse únicamente a comprobar la concurrencia en el solicitante de los presupuestos legalmente previstos por la normativa sectorial, entre los que no se encuentra exigir al transmitente que preste su consentimiento de forma adicional al que ya prestó en su día al otorgar el negocio jurídico privado del que traen causa las transmisiones examinadas".
El análisis del Gabinete jurídico madrileño relata que el 10 de julio de 2007, como resultado de una operación de ampliación de capital mediante aportación no dineraria, Emed Tartessus adquirió la finca 843, que comprende 447 hectáreas en Cerro Colorado, Corta y Alfredo, así como el subsuelo y el derecho a la explotación de todos los recursos mineros existentes dentro del perímetro del pueblo minero.
La transmisión de los derechos mineros a Emed Mining es la última línea marcada por la Dirección General de Minas de la Junta para aceptar la reapertura de la actividad en la explotación de la Cuenca Minera. La exigencia del Gobierno andaluz incluye la firma de la mayoría de la Comisión Liquidadora, cuatro de seis miembros, de una carta de no oposición al traspaso de esos derechos. La imposibilidad de cumplir este requisito autonómico ante la negativa a firmar de Tomás López, Fernando Borque y Carlos Estévez ha llevado a la multinacional minera a solicitar un informe jurídico al Gabinete Garrigues Abogados y Asesores Tributarios, una institución privada a la que recurre el Gobierno andaluz para solventar litigios.
La conclusión a la que llega el Gabinete Garrigues es que la Junta "se extralimita" y que "no existe razonamiento jurídico alguno que sustente la negativa de la Administración pública a reconocer la existencia de un título jurídico suficiente, escritura pública inscrita en el Registro de la Propiedad, que atribuye a Emed la titularidad de los derechos mineros integrados en la citada finca 843, en la medida en que está negando la validez jurídica de las transmisiones efectuadas".
El informe redactado por Garrigues considera que "la exigencia del consentimiento de la Comisión liquidadora de MRT en los términos indicados por la Junta de Andalucía constituye la imposición de un requisito adicional a los previstos en la normativa de aplicación y cuya exigencia no resulta ajustada a derecho. Y ello no solo por no estar exigido en la normativa sectorial aplicable, sino porque las transmisiones que se han realizado respecto a los derechos de aprovechamiento de los recursos mineros de Minas de Río Tinto, primero a favor de Mantesur y luego a favor de Emed, se han realizado en virtud de negocios jurídicos válidos que cumplen los presupuestos necesarios para ello, contando ambas operaciones con el correspondiente consentimiento de las sociedades transmitentes".
El texto del informe no puede ser más claro: "Los referidos negocios jurídico-privados de transmisión son conformes a Derecho, tal y como se desprende de las escrituras públicas de compraventa y de aportación de capital, así como de las inscripciones practicadas en el Folio 57, Libro 63, del Registro de la Propiedad de Valverde del Camino. Por medio de dichas transmisiones, todos y cada uno de los derechos sobre los yacimientos minerales de Cerro Colorado, Corta Atalaya y Cloritas Alfredo, así como el subsuelo y el derecho a la explotación de los recursos mineros existentes dentro del perímetro del término municipal de Minas de Riotinto han sido válidamente transmitidos a Emed".
La consecuencia del trabajo realizado por Garrigues Abogados es que "en el procedimiento administrativo para la autorización de la transmisión de los derechos de aprovechamiento de las minas de Riotinto, la Administración debe limitarse únicamente a comprobar la concurrencia en el solicitante de los presupuestos legalmente previstos por la normativa sectorial, entre los que no se encuentra exigir al transmitente que preste su consentimiento de forma adicional al que ya prestó en su día al otorgar el negocio jurídico privado del que traen causa las transmisiones examinadas".
El análisis del Gabinete jurídico madrileño relata que el 10 de julio de 2007, como resultado de una operación de ampliación de capital mediante aportación no dineraria, Emed Tartessus adquirió la finca 843, que comprende 447 hectáreas en Cerro Colorado, Corta y Alfredo, así como el subsuelo y el derecho a la explotación de todos los recursos mineros existentes dentro del perímetro del pueblo minero.