Mediante el cual se incentiva el inicio de la actividad, estando los usuarios obligados a mantener su condición de autónomo durante un año.
BENEFICIARIOS: aquellas personas desempleadas que vayan a iniciar una actividad como autónomo/a.
REQUISITOS:
Estar inscritos como demandante de empleo.
Mantener esta situación hasta su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Que la actividad se realice a tiempo completo, no pudiendo compatibilizarse con cualquier actividad por cuenta ajena.
Que haya un informe favorable del plan de viabilidad del proyecto de actividad.
Pertenecer a uno de estos colectivos:
Mujeres.
Jóvenes menores de 30 años.
Personas con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo:
Mujeres víctima de violencia de género.
Personas con discapacidad (según la regulación)
Personas ex – reclusas.
Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en rehabilitación.
Jóvenes que se incorporen al mercado de trabajo procedentes de instituciones de protección y reforma.
Personas usuarias del programa de solidaridad.
Parados de larga duración mayores de 45 años.
Personas pertenecientes a minorías étnicas.
Víctimas de actos terroristas, y/o familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad.
Parados de larga duración que lleven más de 24 meses en situación de desempleo.