jueves, 28 de julio de 2016

Zona O.R.A. Minas de Riotinto

En fecha 25 de julio de 2016, recibimos una notificación del Defensor del Pueblo Andaluz, referente a la queja que presentamos en la institución en fecha 17 de marzo del presente. En dicha notificación nos refiere su Adjunto los posibles delitos que presuntamente estarían violando desde el Ayuntamiento de Minas de Riotinto, como son los artículos 9.2, el mencionado artículo 14, y el 31.1 de la Constitución Española que consagran el principio de igualdad, así como del artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales que dispone que no podrán reconocerse otros beneficios fiscales en los tributos locales que los expresamente previstos en las normas con rango de ley o los derivados de la aplicación de los tratados internacionales. Y de los artículos 39.1 bis y 53.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que exige una adecuación o congruencia entre los medios aplicables y los fines que se pretenden alcanzar que, en ningún caso, puede dar lugar a situaciones discriminatorias.

Tras la reunión mantenida en el día de ayer con el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Huelva, nos sugirió denunciar el asunto en el Juzgado de Valverde del Camino, por la vía penal. Cosa que hemos hecho, ya que como le dijimos, estamos dispuestos a llegar hasta el Tribunal Constitucional si fuese necesario para que no impongan la Zona O.R.A. en Minas de Riotinto. Para tal fin, tenemos un número de cuenta habilitado para hacer un “crowdfunding”, que no es otra cosa que una manera de financiación para poder sufragar los gastos de los procesos judiciales a los que nos tengamos que enfrentar desde ahora, donde cualquier persona puede aportar lo que buenamente pueda en el número de cuenta que es el siguiente: ES37 2100 7155 1102 0002 8587 de “la Caixa”.

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE VALVERDE DEL CAMINO
El Partido Político “Cámbialo”, con N.I.F. G21540653, la Asociación “Podemos Cambiarlo”, con N.I.F. G21547013, y en su nombre y Representante Legal del Partido Político “Cámbialo” y Presidente de la Asociación “Podemos Cambiarlo”, Don Manuel Emilio Ruiz Álvarez y la Agrupación de Electores “SÍ SE PUEDE, Minas de Riotinto”, con N.I.F. G21553839, en su nombre y como Representante Provincial Don Juan Francisco Domínguez Romero, por el presente escrito, COMPARECEN Y DICEN.

PRIMERO.- Que queremos poner en conocimiento de ese Juzgado, así como denunciar para que se investiguen unos presuntos delitos cometidos por el Equipo de Gobierno del Partido Popular del Ayuntamiento de Minas de Riotinto, por la implantación de una Zona O.R.A. (régimen de ordenación y regulación del aparcamiento de vehículos en la vía pública), en las inmediaciones del Hospital Comarcal de dicha localidad, al ser una medida injusta, insolidaria y, posiblemente ilegal e inconstitucional, “por la discriminación hacia los ciudadanos de las comarcas de la Cuenca Minera de Huelva, de la Sierra de Huelva, y del Andévalo (unas 72.000 personas), para las cuales dicho hospital es su centro de referencia”, en concreto,  “se puede estar violando entre otros, el artículo 14 de nuestra Constitución”:
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 

Así mismo, y tras la notificación que hemos recibido del Adjunto al Defensor del Pueblo Andaluz en fecha 25 de julio del presente, presuntamente también estarían violando los artículos 9.2, el mencionado artículo 14, y el 31.1 de la Constitución Española que consagran el principio de igualdad, así como del artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales que dispone que no podrán reconocerse otros beneficios fiscales en los tributos locales que los expresamente previstos en las normas con rango de ley o los derivados de la aplicación de los tratados internacionales. Y de los artículos 39.1 bis y 53.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que exige una adecuación o congruencia entre los medios aplicables y los fines que se pretenden alcanzar que, en ningún caso, puede dar lugar a situaciones discriminatorias.

Se puede verificar también el carácter discriminatorio, viendo el art. 9 “Residentes”, de la Ordenanza Reguladora, donde se menciona. Y también en el art. 9 “Residentes”, de la Ordenanza Fiscal.

Hoy nos vemos obligados a denunciar ante ese Juzgado, porque hemos agotado todas las vías a nuestro alcance. El día 11 de Marzo convocamos una concentración frente al Ayuntamiento de Minas de Riotinto, para reivindicar que se paralizase la implantación de la citada Zona O.R.A.,  concentración en la que participamos, la Asociación “Podemos Cambiarlo”, “SÍ SE PUEDE, Minas de Riotinto”, FACUA, y CCOO. Acordando entre otras cosas que:
La implantación de la Zona O.R.A. es un proceso recaudatorio, en base a los enfermos, mediante el aparcamiento. 

Que encima hayan creado una discriminación, un trato diferente, una separación, entre quienes sean residentes y quienes sean “forasteros”, podría hasta ser un rasgo de xenofobia. Porque tratan de distinguir mediante una cartulina a residentes de “forasteros”, para penalizar a los “forasteros”.
Además, aquí el Ayuntamiento introduce la segregación, el trato desigual y discriminatorio, no por razón del mayor o menor uso, “sino por la razón del lugar de empadronamiento  de la persona que use el aparcamiento”, lo que constituye un abuso discriminatorio, en perjuicio y contra los enfermos, familiares y visitantes de enfermos, NO empadronados en la localidad. 
Esta medida, sin duda alguna creará un enfrentamiento, y una división o rechazo, entre los ciudadanos de la Cuenca Minera, de toda la comarca serrana, y del Andévalo, con el Ayuntamiento de Minas de Riotinto y con gran parte de la población. 
En la primera concentración se le propuso a los reunidos, que si estaban de acuerdo de realizar la siguiente proposición al Ayuntamiento de Minas de Riotinto: “Que abra las puertas a una mesa de diálogo, en la que participen colectivos sociales, representantes de enfermos y familiares, y representantes de Ayuntamientos de otras poblaciones que lo deseen”, para así buscar la mejor solución “que  evite esta injusticia y este trato de forastero en lo que sentimos como nuestro propio pueblo”, y por ende, esa discriminación que será penalizada con la pretendida tasa de aparcamiento. 
Se sometió a voto de los asistentes y todos por unanimidad dijeron “Sí”. 

El día 16 de Marzo se entrego el documento acordado en la primera concentración, dicho documento fue registrado con entrada nº 1259, en el Ayuntamiento de Minas de Riotinto. Adjuntamos copia. 
El día 4 de abril del presente, y durante una reunión del Representante Provincial de “SÍ SE PUEDE, Minas de Riotinto” con la Sra. Alcaldesa, “se le preguntó si tenía intención de dar marcha atrás a la imposición de la Zona O.R.A.”, y tras su negativa, y visto lo acordado en el último pleno de fecha 31 de marzo de 2016, en el cual se aprobó la moción que llevó el Grupo Municipal del Partido Popular para poder imponer de forma inminente dicha medida, nos vimos en la obligación de denunciar el día 5 de abril en la Fiscalía Provincial de Huelva, lo referido sobre la violación del artículo 14 de la Constitución Española, y, como el Fiscal Jefe no ha tenido en cuenta lo que realmente denunciamos, basándose para el archivo de la misma en un asunto meramente burocrático que nada tiene que ver con lo denunciado en Fiscalía, es por lo que hoy denunciamos ante ese Juzgado, el asunto de la Zona O.R.A.

Se adjunta copia en papel de:
1) La notificación que hemos recibido del Adjunto al Defensor del Pueblo Andaluz, en fecha 25 de julio del presente.
2) El escrito registrado en el Ayuntamiento en fecha 16 de marzo del presente, con registro de entrada nº 1259.
3) La denuncia en Fiscalía, de fecha 5 de abril del presente.
4) La notificación de Fiscalía sobre el archivo de las Diligencias de Investigación nº 36/16.
5) El escrito de fecha 18 de julio dirigido al Fiscal Jefe, sobre la disconformidad del archivo de las Diligencias de Investigación nº 36/16 y petición de revisión de las mismas.

Se adjunta un “CD” que contiene:
1) Ordenanza Reguladora. 
2) Ordenanza Fiscal O.R.A.
3) Estatutos del Partido Político “Cámbialo”.
4) Estatutos de la Asociación “Podemos Cambiarlo”.

Por todo ello:

SUPLICAMOS a ese Juzgado tenga por presentado este escrito con las copias y documentos que lo acompañan, se sirva admitirlo, y en su virtud le dé el impulso procesal necesario a nuestra denuncia, para el esclarecimiento de tales hechos.
Es Justicia que pedimos en Valverde del Camino, a 26 de Julio de 2016.

Manuel Emilio Ruiz Álvarez y Juan Francisco Domínguez  Romero

2 comentarios:

  1. Una vez más, MUCHAS GRACIAS a "Zalamea... La Otra Mirada", por publicar otra nota de prensa nuestra, al completo.

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  2. De no conseguirse fondos suficientes para los procesos judiciales, así como de que el equipo de Gobierno del Partido Popular de Minas de Riotinto recapacite con la denuncia que le hemos tenido que poner en la Fiscalía Provincial de Huelva, y por el contrario siga adelante "con la imposición de hacernos pagar por aparcar en los aledaños del Hospital Comarcal sito en Minas de Riotinto". Muchas personas que trabajamos en el mencionado hospital y que venimos de otras poblaciones o ciudades, estamos barajando la posibilidad de irnos tod@s a aparcar a la barriada de Bella Vista.

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